● Desde el 1° de noviembre cambia una parte concreta de la administración laboral para miles de comercios y pequeñas empresas: los empleadores privados alcanzados deberán comenzar a aportar al Fondo de Asistencia Laboral, un sistema que acumulará e invertirá dinero para ayudar a afrontar futuras indemnizaciones y otros pagos derivados de la finalización de relaciones laborales.
● Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas deberán destinar al FAL el 2,5% de las remuneraciones utilizadas para calcular las contribuciones patronales al sistema previsional, mientras que para las grandes empresas la alícuota será del 1%. En las relaciones alcanzadas, ese aporte se compensará con una reducción equivalente de otras contribuciones patronales y no reemplazará la indemnización que corresponda pagar.
● Antes de efectuar la primera contribución, cada empleador tendrá que elegir una entidad habilitada por la Comisión Nacional de Valores, seleccionar un fondo común de inversión o fideicomiso financiero autorizado y abrir su cuenta individual. La administradora le asignará un identificador único denominado ID FAL, que luego deberá informar a ARCA para direccionar los aportes.
● Si la empresa no informa un ID FAL válido, ARCA retendrá transitoriamente el dinero correspondiente. Si pasa un mes sin que el empleador regularice la situación, la Comisión Nacional de Valores podrá asignarle de oficio un vehículo de inversión autorizado y comunicar el nuevo identificador a ARCA para que transfiera allí los importes acumulados.
● El dinero no quedará inmóvil: será administrado dentro de vehículos de inversión supervisados por la CNV y los rendimientos se incorporarán al patrimonio de la cuenta de cada empleador. La normativa permite además cambiar posteriormente de entidad mediante portabilidad. El fondo tendrá un período de carencia mínimo de seis contribuciones mensuales antes de poder utilizarse para las obligaciones cubiertas.
● El punto central es que el FAL funciona como una ayuda financiera y no como un reemplazo del régimen indemnizatorio. Si el saldo acumulado no alcanza para cubrir lo que corresponde pagar a un trabajador, la diferencia seguirá siendo responsabilidad de la empresa. Por eso, desde noviembre, elegir la administradora y registrar correctamente el ID FAL pasará a ser una nueva obligación operativa para los empleadores alcanzados.
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