Presidente de la Corte Suprema, explicó que “los decretos de necesidad y urgencia , art 99, inc 3, permiten al presidente de la Nación, en acuerdo con ministros, tomar decisiones, que normalmente, deben ser tomadas por leyes, pero nunca en temas partidos políticos , electorales penales o tributarios. Eso siempre es por ley…”.
El Presidente de la Corte Suprema, Horacio Rosatti detalló cuáles son las herramientas de emergencia con las que cuenta el Ejecutivo para aplicar medidas y que fueron incorporadas a la Constitución en la reforma de 1994. “Se incorporaron dos institutos: los DNU y la legislación delegada. Los DNU permiten al Presidente, en acuerdo de ministros, tomar decisiones que normalmente serían tomadas por leyes, pero nunca en tema de partidos, electorales, penales, o tributarios. Eso es por ley”.
Además, explicó que una vez firmado el DNU, pasa por una comisión bicameral de control, en donde se analiza por un plazo de diez días que luego se pasa al pleno para ser ratificados o no por el Congreso. “Otra decisión que puede tomar el Presidente, con permiso del Congreso, es de legislar, por un tiempo limitado, en temas de emergencia pública o administración, y siempre que el Congreso le de las bases definidas de los límites para legislar”, explicó.
En cuanto al plan económico de quita de subsidios, Rosatti dijo que se pueden aumentar las tarifas, pero con “previa audiencia pública”.

