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Entre otros puntos, la iniciativa propone bajar a 13 años la edad de imputabilidad de los menores que delinquen. “Resulta imposible combatir a los delincuentes sin leyes que amparen a las Fuerzas Federales de Seguridad y a la Justicia”, señalaron.

La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich y el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, presentaron el proyecto de Ley del Régimen Penal Juvenil.

Indicaron que “resulta imposible combatir a los delincuentes sin leyes que amparen a las Fuerzas Federales de Seguridad y a la Justicia a la hora de proteger a los argentinos de bien. Es por eso que, por decisión del Presidente Milei, los equipos conjuntos del Ministerio de Seguridad y del Ministerio de Justicia trabajaron en la redacción del Proyecto de Baja de Edad de Imputabilidad”

El objetivo: “Terminar con la impunidad, frenar la puerta giratoria, y darle respuesta a la gente”, expresaron.

Entre los puntos de la iniciativa, mencionaron: “Adolescentes de entre 13 y 18 años, cobertura legal derechos y garantías reconocidos en la Constitución Nacional y los instrumentos internacionales, privación de la libertad en establecimientos especiales o secciones separadas de los establecimientos penitenciarios, bajo la dirección de personal idóneo”.

“Comunicación a los padres, de la imputación y demás actos procesales. Protección a la víctima: el Juez y el Ministerio Público fiscal velarán en todo momento por la tutela efectiva de los derechos de las víctimas y condena condicional”, agregaron.

En ese sentido, sostienen que “si se impone condena condicional, se deben aplicar conjuntamente medidas complementarias, tales como asesoramiento y orientación, asistencia a programas educativos, formación ciudadana, capacitación laboral, concurrencia a los servicios de salud, tratamiento médico o psicológico, obligación de buscar y, en lo posible, obtener un trabajo, concurrencia al tribunal, prohibición del consumo de bebidas alcohólicas y estupefacientes”.

También mencionaron “penas de 3 a 6 años, siempre que no haya existido muerte de la víctima, grave violencia física o psíquica sobre las personas, no haya lesiones gravísimas en delitos culposos y no se registren otros procesos o condenas”.

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