● Vapeadores, tabaco calentado y bolsitas de nicotina quedaron bajo una nueva regla nacional: el Ministerio de Salud aprobó la Resolución 549/2026 y reemplazó el esquema de prohibición por un sistema de registro, control y fiscalización para productos que ya circulaban en el mercado informal.

● La normativa alcanza a cigarrillos electrónicos, líquidos para vaporización, productos de tabaco calentado, sticks y bolsas de nicotina. Según la resolución oficial, estos productos deberán cumplir requisitos de registro, comercialización y fiscalización antes de llegar al público.

● El Gobierno argumentó que la prohibición previa no impidió el acceso ni el consumo, y que la regulación busca controlar composición, trazabilidad y venta irregular. Medios nacionales indicaron que la medida levanta restricciones que regían desde 2011 para cigarrillos electrónicos y desde 2023 para tabaco calentado.

● El punto más sensible aparece en los adolescentes: la propia cobertura de la medida menciona una prevalencia de consumo del 35,5% en jóvenes durante el último año, mientras organizaciones sanitarias advierten que abrir el mercado puede ampliar el acceso a productos adictivos.

● Las entidades de salud cuestionaron el cambio y lo calificaron como un “retroceso”, porque entienden que puede aumentar el consumo, la dependencia y los riesgos sanitarios. También remarcaron que Salud no presentó evidencia científica independiente que respalde el giro regulatorio.

● La discusión quedó planteada entre dos caminos: regular un mercado que ya existe o sostener una política preventiva más restrictiva. Por ahora, la medida está vigente, pero organizaciones de salud pública pidieron suspender la apertura del mercado y revisar el impacto en jóvenes.

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