● El pasaje gratis seguirá existiendo para personas con discapacidad, personas trasplantadas o en lista de espera y niños, niñas y adolescentes con cáncer, pero hubo un cambio fuerte: el Estado nacional dejó de pagarles a las empresas de micros de larga distancia por esos boletos y ahora deberán cubrir ese costo por su cuenta.
● La modificación quedó oficializada mediante la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte, que eliminó el régimen de compensaciones económicas con el que el Estado reintegraba dinero a las empresas por los asientos ocupados por pasajeros alcanzados por estos beneficios.
● El derecho a viajar sin costo no fue eliminado ni reducido. Las leyes vigentes continúan obligando a las compañías a entregar pasajes gratuitos a personas con discapacidad (Ley 22.431), personas trasplantadas o en lista de espera (Ley 26.928) y chicos con cáncer (Ley 27.674).
● La diferencia central es quién absorbe ahora el gasto. Hasta esta medida, el Estado compensaba económicamente a las empresas por esos boletos. Desde ahora, la resolución no prevé un reemplazo de ese esquema: las compañías deberán seguir garantizando el viaje gratuito sin recibir pagos estatales por esos pasajes.
● En los fundamentos de la norma, el Gobierno sostuvo que las razones que justificaban las compensaciones “han sido superadas” y resolvió derogar las resoluciones dictadas entre 2018 y 2023 que regulaban esos reintegros económicos.
● La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) quedó a cargo de fiscalizar que las empresas continúen cumpliendo con la entrega de pasajes gratuitos, pese a que ya no recibirán compensaciones del Estado por esos asientos.
📸 Seguinos en Instagram y no te pierdas nada









