● En febrero de 2013, una mujer de 27 años viajó desde Chañarmuyo a Campanas (Famatina), con su hermano, y luego a Pituil con amigas en un vehículo ajeno. Ingresó a un boliche en Pituil, consumió bebidas alcohólicas y se sintió mal, por lo que pidió al imputado que la sacara del lugar para retornar a su domicilio.
● En la zona trasera del boliche, en un sector oscuro, el imputado agredió sexualmente a la denunciante. Sus amigas notaron su malestar tras el hecho, pero ella no reveló lo ocurrido por vergüenza. Fue trasladada a Chañarmuyo en un auto conducido por un amigo del imputado. Al llegar a casa, su padre percibió su estado alterado y la interrogó sobre lo sucedido.
● El 16 de febrero de 2013, a las 9:40 horas, la denunciante, acompañada por su padre, presentó una denuncia formal ante la comisaría de Famatina. Fue informada sobre las penalidades del Artículo 245 del Código Penal por denuncias falsas antes de formalizar su acusación. La fiscalía caratuló el hecho como abuso sexual con acceso carnal según el Artículo 119 inciso 3 del Código Penal Argentino. En 2016 la causa no tuvo más avances.
● El juez Jorge Jalil revisó el expediente y constató nueve años de inactividad, por lo que ordenó su inmediata reapertura y tramitación. En el cargo desde hace once meses, Jalil desarchivó esta causa, desatendida por la gestión anterior sin motivos claros, como parte de una revisión de expedientes estancados. La investigación continúa para determinar el estado procesal del imputado, residente en Campanas.
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