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Diputados de La Libertada Avanza piden bajar la edad de impunidad a los 12 años y habilitar la edad de impunidad a los 12 años y habilitar condenas de hasta 15 años de cárcel si tiene entre 12 y 15 años de edad. “Tendrá como objeto regular  los derechos del niño a quien se le atribuyere ser autor o participe de la comisión de un delito”, dice el proyecto.

“Un delito de adulto merece una pena de adulto”, había asegurado días atrás el jefe de Gabinete, Nicolas Posse, durante su primer informe de gestión en el Senado. Esa aspiración se materializó esta semana con la presentación de un proyecto de ley de La Libertad Avanza (LLA) para bajar la edad de imputabilidad a doce años.

El proyecto de “Régimen Penal Juvenil” propone modificaciones al código penal y la derogación de la Ley 22.278. Lleva la firma de los diputados Álvaro Martínez, María Fernanda Araujo, Julio Moreno Ovalle, José Peluc, Facundo Correa Llano, Alida Ferreyra y Gerardo Huesen.

“La situación de inseguridad que vive la Argentina es preocupante, debido al absoluto abandono de las víctimas que han hecho los gobiernos populistas y la exorbitante protección que poseen los delincuentes”, aseguran los legisladores, en el documento.

Con fecha 21 de mayo pasado, el proyecto prevé -según gravedad, edad y situación personal- las siguientes medidas: orientación y apoyo socio familiar, imposición de reglas de conducta (cumplir con ciertas obligaciones y observar determinadas prohibiciones), hacer servicios a la comunidad, libertad asistida (con la condición de participar de programas educativos y recibir el seguimiento del Tribunal) e internación.

Esta última medida “excepcional” -el encierro- debe ser por el “menor tiempo posible” y con la posibilidad de sustituirse por la libertad asistida. Si el adolescente tiene 16 años al momento del delito, la internación se prevé por la mitad del tiempo establecido en la legislación penal, con un máximo de siete años, excepto para las figuras de homicidio agravado, delitos contra la integridad sexual o tortura seguida de muerte, entre otros.

En estos casos, los legisladores estipulan un máximo de hasta 15 años para mayores de 16 y hasta 10 años en el caso de los niños o adolescentes de entre 12 y 15 años. Para los delitos de asociación ilícita y actos terroristas, por ejemplo, el juez deberá imponer un máximo de 20 años para menores con 16 años, y de hasta 15 años para niños de entre 12 y 15 años.

“La medida de internación se ejecutará en establecimientos penitenciarios especiales para niños, niñas y adolescentes, los cuales serán diferentes a los destinados para los mayores de edad sujetos a la legislación penal común. En los establecimientos no se admitirán niños, niñas o adolescentes, sin orden previa y escrita de la autoridad competente y deberán existir dentro de éstos las separaciones necesarias respecto de la edad, sexo, y el tipo de internacion: provisional o definitiva”, detalla al respecto el proyecto.

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