● Una mujer quedó a cargo de cuidar un auto Ford que le habían embargado por una deuda de alquileres, y poco después lo pasó a nombre de su hijo, según el expediente. Por eso el juez Jorge Jalil la procesó por insolvencia fraudulenta, el delito de hacer desaparecer bienes para no pagar una deuda reclamada en un juicio, y ordenó embargarle $2 millones.
● Ese traspaso se hizo entre el 24 de abril y el 9 de mayo de 2025, según el informe del Registro Nacional de la Propiedad Automotor, el organismo donde se anotan los autos y sus dueños. Con el cambio de titular, el embargo ordenado por el juzgado no pudo anotarse en el Registro y el auto quedó a nombre del hijo.
● La causa penal nació de un juicio por alquileres adeudados que un hombre le inició a la mujer en el Juzgado de Paz Letrado, Secretaría N° 1. El 24 de abril de 2025 se cumplió la orden del juzgado de reclamarle el pago o embargarle bienes: se señaló el auto como bien a embargar y ella quedó como depositaria, es decir, encargada de custodiarlo.
● Para el fiscal de Instrucción, la mujer sabía del embargo y, aun siendo la encargada de custodiar el auto, lo sacó de sus bienes al pasarlo a su hijo con la intención de no pagar la deuda de alquileres. También sostuvo que lo hizo mientras el juicio civil seguía en marcha.
● El fiscal inició la causa penal contra la mujer por insolvencia fraudulenta y la acusó de haberlo cometido ella misma. Como prueba presentó el informe del Registro fechado el 27 de febrero de 2026, la copia de la orden de embargo cumplida el 24 de abril de 2025 y los pedidos de informes al juzgado y al Registro.
● El juez Jorge Jalil ordenó procesar a la mujer. Procesar no es condenar: es un paso intermedio de la causa, en el que el juez resuelve que hay elementos para seguir adelante, y todavía no hay sentencia. Además ordenó embargarle $2 millones, avisarle al hombre que hizo la denuncia y comunicarlo al Registro Nacional de Reincidencia, el organismo que lleva los antecedentes penales.
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