El especialista Julián De Diego analizó los cambios introducidos en el régimen de licencias por enfermedad no vinculadas al trabajo y señaló que la nueva normativa establece una reducción en el porcentaje del salario a percibir durante la ausencia.
El abogado laboralista Julián De Diego explicó que, tras la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional, se modificó el criterio de pago de las licencias por enfermedades o accidentes no vinculados con el trabajo. Según detalló, históricamente se abonaba el salario promedio del trabajador, calculado sobre los últimos meses, pero el nuevo esquema prevé una reducción.
De acuerdo con lo señalado, en casos de enfermedades comunes —como una gripe, un resfrío u otra afección ajena a la actividad laboral— el trabajador pasaría a percibir entre el 50% y el 75% de su salario mientras dure la licencia. El especialista indicó que la modificación apunta a combatir el denominado “microausentismo”.
De Diego aclaró que el cambio no alcanza a enfermedades profesionales ni a accidentes laborales, sino exclusivamente a situaciones externas al ámbito de trabajo, como podría ser un accidente ocurrido durante una actividad deportiva recreativa. Además, explicó que no se trata de un derecho adquirido sino de un derecho en expectativa, ya que el nuevo marco se aplicará al momento en que se produzca la contingencia.
El abogado sostuvo que estas modificaciones forman parte de un paquete de ajustes promovido por la ministra Patricia Bullrich, que implicó la reforma de 40 artículos, de los cuales 18 consideró centrales en la modificación del dictamen original.
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