● La nueva edad de punibilidad comenzó a enfrentar cuestionamientos en casos concretos apenas semanas después de entrar en vigencia. La jueza porteña Laura Beatriz De Marinis declaró inconstitucional la aplicación del artículo 1 de la Ley 27.801 a un adolescente de 14 años acusado de participar en una tentativa de robo y ordenó su sobreseimiento.

● El expediente comenzó por un episodio ocurrido el 10 de septiembre en la Ciudad de Buenos Aires. Según la denuncia incorporada a la causa, un hombre fue abordado por un grupo de adolescentes que le exigió sus pertenencias. El hecho no llegó a consumarse y la Fiscalía encuadró provisoriamente la conducta investigada como robo simple en grado de tentativa.

● La defensa cuestionó la constitucionalidad de la nueva norma y la Asesoría Tutelar acompañó el planteo. De Marinis, titular del Juzgado Penal Juvenil N.º 3, consideró que aplicar la reducción de la edad de punibilidad a este adolescente resultaba regresivo frente a los derechos reconocidos por la Convención sobre los Derechos del Niño.

● En su resolución, la magistrada se apoyó en los principios de interés superior del niño, protección especial, proporcionalidad y no regresividad. También tomó en consideración pronunciamientos del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas y sostuvo que, en este caso, la respuesta estatal debía canalizarse mediante el sistema de protección integral y no mediante una sanción penal.

● La decisión impacta sobre uno de los principales cambios introducidos por la Ley 27.801, vigente desde el 5 de septiembre. El nuevo régimen incorporó a los adolescentes de 14 y 15 años al sistema de responsabilidad penal juvenil; con la legislación anterior, quienes todavía no habían cumplido 16 años no eran punibles cualquiera fuera el delito atribuido.

● El fallo no elimina ni suspende la nueva ley en todo el país. De Marinis declaró inconstitucional el artículo 1 para su aplicación a este adolescente y, como consecuencia, dispuso su sobreseimiento. También ordenó la intervención del Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes y preservar la identidad de las personas menores de edad involucradas.

● La resolución todavía puede ser revisada: la Fiscalía tiene la posibilidad de apelarla. El pronunciamiento abre así una nueva discusión judicial sobre la reducción de la edad de punibilidad, luego de que en la provincia de Buenos Aires otra jueza suspendiera inicialmente la aplicación de la Ley 27.801 y una Cámara posteriormente dejara sin efecto aquella medida.

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