● Las perforaciones y las obras para extraer petróleo a unos 220 kilómetros al norte de Malvinas quedaron alcanzadas por una orden judicial de suspensión. La jueza federal Mariel Borruto dispuso este 16 de septiembre que Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum se abstengan de ejecutar esas tareas en el proyecto Sea Lion.

● La medida del Juzgado Federal de Río Grande respondió a una presentación del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata y la Asociación Argentina de Abogados y Abogadas Ambientalistas. Borruto señaló la falta de evaluación ambiental ante organismos argentinos y aclaró que los daños denunciados no están demostrados como inevitables.

● La prohibición incluye instalar conductos y equipos submarinos, poner en funcionamiento unidades flotantes para producir y almacenar petróleo y comenzar la extracción comercial. También comprende las obras portuarias, las bases logísticas y otras instalaciones terrestres destinadas a sostener la explotación, además de eventuales ampliaciones y pozos integrados al mismo emprendimiento.

● Las petroleras tendrán diez días judiciales desde que se concrete su notificación para presentar, bajo declaración jurada, el cronograma de obras y datos sobre pozos, contratistas, bancos, fondos de inversión y aseguradoras. Deberán detallar desembolsos, estudios ambientales y planes ante derrames. Borruto también les ordenó conservar toda la documentación técnica, contractual y financiera del proyecto.

● El financiamiento no quedó bloqueado: la jueza postergó resolver la prohibición general de nuevos contratos, pagos y transferencias hasta identificar las operaciones y los involucrados. Además, pidió informes a la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental, la Secretaría de Energía y la Cancillería sobre permisos, antecedentes y sanciones vinculados con las empresas.

● Sea Lion pertenece en un 65% a la israelí Navitas y en un 35% a la británica Rockhopper. Navitas proyecta 23 pozos en dos etapas y el inicio de producción para marzo de 2028. La empresa publica estudios ambientales, pero la cautelar exige la evaluación ante organismos argentinos.

● La suspensión regirá hasta que se complete la evaluación ambiental argentina y se dicte la decisión correspondiente, o el juzgado disponga otra cosa. Borruto aclaró que su cumplimiento depende de la cooperación internacional y de las empresas. La cautelar es provisoria y no confirma que las obras se hayan detenido efectivamente.

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