● Un dictamen fechado el 8 de abril de 2026 cerró la discusión: el Ministerio Público Fiscal concluyó que no hay elementos para sostener la denuncia por prevaricato presentada por la ex jueza Virginia Illanes Bordón contra el juez Marcelo Carrizo y resolvió no avanzar con una investigación penal, al considerar que la conducta denunciada no configura delito.
● El fiscal interviniente, Dr. Ariel Ormeño Reynoso, sostuvo que el prevaricato exige que un juez dicte una resolución contraria a la ley de manera deliberada, con conocimiento y voluntad de hacerlo, algo que —según el análisis del expediente— no puede deducirse solo porque una resolución haya sido cuestionada o interpretada de forma distinta.
● En ese marco, el dictamen señala que no alcanza con que una decisión judicial sea considerada errónea, injusta o discutible desde lo jurídico para que exista delito, ni tampoco que haya criterios controvertidos, si no se acredita una actuación maliciosa del magistrado al momento de resolver.
● El MPF indicó que no se pudo demostrar que el juez Carrizo haya actuado con intención de contrariar la ley o la Constitución, ni que haya utilizado fundamentos falsos para sostener su resolución, descartando así los elementos subjetivos necesarios para encuadrar el hecho en la figura penal denunciada.
● Con esos fundamentos, la fiscalía consideró que se trata de una conducta atípica en términos penales y solicitó el archivo de las actuaciones, remarcando que los desacuerdos con decisiones judiciales deben canalizarse por vías recursivas y no mediante denuncias penales sin respaldo suficiente.
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