● La Cámara de Apelaciones de Zárate-Campana, Buenos Aires, emitió un fallo histórico: confirmó que la creación, tenencia o distribución de imágenes de abuso sexual infantil generadas con IA constituyen delito, aun si no hay víctimas reales identificables. Fue en el marco del caso de un adulto, acusado de poseer y compartir material de menores de entre 3 y 13 años.

● La defensa alegó que las imágenes podrían haber sido generadas por inteligencia artificial y que, por lo tanto, no estaban tipificadas por el artículo 128 del Código Penal. Sin embargo, los jueces concluyeron que ese artículo —reformado en 2018— abarca representaciones explícitas sin importar su origen, atendiendo al daño simbólico, social y psicológico que provocan.

● El fallo se sustentó en definiciones de “representación”, en la Convención sobre los Derechos del Niño, el Segundo Protocolo Facultativo y el Convenio de Budapest. Todo apunta a que la creación digital que simula abuso sexual vulnera derechos fundamentales, puede inducir al consumo de material real y debe ser penalizada.

● A nivel nacional, se reciben entre 400 y 500 reportes diarios de casos vinculados a explotación sexual infantil digital. Expertos como la fiscal Daniela Dupuy alertan que el uso de IA para simular abuso —aunque con rostros o cuerpos ficticios— normaliza y estimula conductas pedófilas, por lo que exigen una reforma expresa del Código Penal que elimine cualquier ambigüedad legal.

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